abogados arrendamientos para tontos
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Revisando mi pregunta habia un error el arrendador es el que ha remitido el burofax a individuo solo de los conyges en tanto en cuanto los dos figuran como coarrendatarios, no se si variara en este caso la situación.
Si esperas a que venza el convenio y no se van tendrás que poner demanda de desahucio por finalización de acuerdo.
Puedes hacer un anexo (aunque no incrementar el precio), pero si seguidamente la inquilina no quiere cumplir lo que dice el anexo y no se va y decide personarse a un Magistratura (o tu) en mi opinión el sentenciador le daría la razón a ella diciendo que el acuerdo se puede prorrogar hasta 2021.
Hacemos una valoración exhaustiva de la clase, para poder aplicarla a conveniencia de nuestro cliente.
Por otro flanco, el inquilino nunca esta en el local, aunque yo contacto con el. La duda es que el burofax no lo va recoger la peluqueria, pero creo que si yo se lo doy personalmente, me lo aceptaria y me firmaria el recibi, tendria seguridad juridica dicha firma, o necesitaria testigos.
Teniendo en cuenta la información que me da, creo que lo mejor será enviarle un burofax con el preaviso, que espero no se niegue a coger cuando el cartero se lo entregue.
Me recomiendas que le envie un burofax en donde se lo comente, o si no digo nulo se renueva automáticamente?
Soy arrendadora de un firme a una pareja desde julio de 2013. Ahora se están separando y uno de ellos me ha llamado para decirme que el 15 de septiembre dejará la casa. Le he pedido que me haga una comunicación fehaciente y me ha dicho que luego me lo estaba diciendo. Tengo varias dudas:
Si el arrendador se niega a guardar las llaves, tendrás que ir al Audiencia para qu abogado especialista en arrendamientos sea el mediador el que dé por finalizado el contrato.
El inquilino es responsable frente a el arrendador de los deterioros que se produzcan en un bien por su uso continuado y por el incumplimiento del mencionado deber de mantenimiento.
Te agradeceria me informaras si un pacto firmado el 7 de Octubre de 2015 puede convenir sometido a las normas del Titulo II de la Clase 29/1994, de 24 de Noviembre de Arrendamientos Urbanos, pues Figuraí consta en la clausula decimoquinta del entendimiento «draconiano» que firmé ese fatídico día y del que ahora, por motivos personales necesito desistir. o aceptablemente, esa calidad queda derogada por la nueva Calidad de Arrendamientos Urbanos
Eso si, si quieres hacer las cosas del todo bien te revomiendo que mandas un burofax con muestra de recibo y certificación de contenido. Con esto podrás probar que has mandado esa notificacion y ese contenido.
Soy propietario de una vivienda alquilada desde septiembre de 2013. He acordado con el inquilino una subida del precio del arrendamiento (pero que se había quedado desfasado) a partir de septiembre de 2017. ¿Debo realizar un nuevo pacto o con añadir un anexo con el cambio de la cuota es suficiente?